El alto funcionario recordó que, según el ordenamiento jurídico colombiano, la validez legal del proceso se construye paso a paso y que el resultado final e inapelable lo emite exclusivamente el Consejo Nacional Electoral (CNE), que se erige como la máxima autoridad del país en esta materia.
La Registraduría no declara ganadores
Para reforzar este mensaje de rigurosidad institucional, el Registrador Nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, salió al paso para delimitar las funciones exactas de su despacho. Penagos fue muy claro al establecer que la Registraduría es un órgano puramente logístico y operativo, lo que significa que la institución no cuenta votos de forma definitiva ni tiene la potestad legal de declarar ganadores en primera instancia.
Vigilancia ciudadana: «El pueblo debe estar sumamente atento al segundo proceso —que es el escrutinio formal— y esperar la respuesta definitiva del órgano electoral central», puntualizó el Registrador Nacional.
Finalmente, el jefe de la Registraduría invitó a toda la ciudadanía a mantener una postura de plena tranquilidad y madurez política frente al desarrollo del conteo. Aseguró que el proceso cuenta con todas las garantías de transparencia física y tecnológica, ya que ha sido ejecutado bajo la mirada estricta de testigos de todas las tendencias políticas y respaldado por una doble vía de verificación: actas físicas y actas digitales transmitidas en tiempo real.
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